24 ago 2010

Teléfonos de atención al cliente gratis en el nuevo código de consumo aprobado por el Parlamento de Cataluña


Los teléfonos de atención al cliente para incidencias y reclamaciones de las empresas de servicios básicos como suministros, transportes, sanitarios o seguros, tendrán que ser gratuitos, según el nuevo Código de Consumo de Cataluña, que entra en vigor el próximo lunes, día 23.

Este código, aprobado por el Parlamento de Cataluña el pasado mes de junio para dar más protección a consumidores y usuarios, obliga a las grandes empresas a adaptarse a esta normativa en el plazo de seis meses, un período que se amplía un año en el caso de las pequeñas y medianas empresas. La nueva normativa establece además que las empresas que prestan servicios de suministros, transportes, comunicaciones y otros servicios básicos tendrán que tener una dirección en Cataluña donde los consumidores puedan formular sus quejas o reclamaciones. Se recuerda además que todos los servicios que se presten tendrán una garantía mínima de seis meses, y que cuando un consumidor contrate con un intermediario, como pueden ser tiendas de telefonía, o de compraventa de segunda mano, es como si lo hiciera directamente con el prestador del servicio.

En la nueva normativa se dice igualmente que los tiques y comprobantes de compra no se tienen que poder borrar y tendrán que durar lo mismo que la vida útil del producto, porque son el elemento clave en caso de reclamación. El Código de Consumo también define, por primera vez en un texto legal, qué es el "consumo responsable" y determina que las relaciones de consumo se tendrán que ajustar a los criterios de racionalidad y sostenibilidad, en relación con la preservación del medio ambiente, la calidad de vida, la especificidad cultural, el comercio justo, el endeudamiento familiar, los riesgos admisibles y otros factores que determinan el adecuado desarrollo socioeconómico.

El nuevo Código de Consumo amplía el derecho a una información clara y precisa, especialmente en los servicios básicos, y a que los consumidores tengan antes de contratarlos toda la información sobre las compensaciones, reembolsos, indemnizaciones y cómo se establece su importe cuando el servicio no tenga la calidad deseada. Con el nuevo código se obliga igualmente a que la letra de los productos tenga una medida y un contraste que permita la lectura y comprensión del texto. Además, las empresas públicas tendrán que estar adheridas al arbitraje de consumo, y el hecho de que empresas privadas también lo estén se tendrá en cuenta en la concesión de subvenciones y ayudas públicas.


¡Ya era hora!, debería haber sido así siempre. Esperemos que se vigile de cerca a las grandes compañías para evitar caer de nuevo en malas practicas para que la la ley no tenga como consecuencia el efecto contrario y lo que debería proteger a los consumidores de estos abusos no se convierta como desgraciadamente suele suceder en una subida encubierta de la factura para compensar las perdidas de ganancias derivadas por los teléfonos de tarifa especial.

Además, vemos con demasiada frecuencia algunas compañías no cumplen las normativas porque les es más rentable pagar la multa que cumplir la ley. Les compensa seguir preguntando entre interminable pausas cosas tan surrealistas como, «desde que número de teléfono llama» como si todos llamáramos desde un teléfono con «número oculto» como hacen ellos cuando quieren vendernos sus servicios.




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